En el entorno laboral, los derechos fundamentales son la base de un trato justo y equitativo. Esta guía proporciona información clave sobre cómo identificar, actuar y defender tus derechos fundamentales reconocidos por la Constitución Española (artículos 14 a 29) cuando son vulnerados por decisiones empresariales. Recuerda que ninguna acción del empleador puede infringir o limitar estos derechos y libertades públicas. El «ius variandi» empresarial siempre debe respetar estos límites.
A.- Derechos Fundamentales en el Trabajo:
Los derechos fundamentales en el ámbito laboral, regulados en los artículos 14 a 29 de la Constitución Española (CE), son inalienables. Esto significa que cualquier decisión empresarial que los vulnere o limite es susceptible de ser declarada nula por los tribunales. El poder de dirección del empresario («ius variandi») tiene como límite infranqueable el respeto a estos derechos y libertades fundamentales de la persona trabajadora.
B.- ¿Qué hacer ante la vulneración de los Derechos Fundamentales?
Si los derechos fundamentales en el trabajo son vulnerados, existen varias opciones:
- Acatar la medida empresarial (sin renunciar a los derechos): Cumplir con la decisión de la empresa no implica que se deba renunciar al derecho a reclamar o a emprender acciones legales en el futuro.
- Solicitar la extinción del contrato de trabajo por incumplimiento grave del empresario (Artículo 50 del Estatuto de los Trabajadores): Si la acción del empresario constituye un incumplimiento grave de sus obligaciones al vulnerar los derechos fundamentales o libertades públicas, se puede solicitar la finalización de tu contrato. Este proceso requiere la presentación previa de una papeleta de conciliación. Si la demanda prospera, se tendrá derecho a:
- Indemnización por despido improcedente: Equivalente a 33 días de salario por año trabajado.
- Prestación por desempleo: Siempre que cumplas los requisitos del SEPE.
- Posible indemnización adicional: Por el daño moral causado por la vulneración de los derechos fundamentales.
Cuándo elegir esta opción: Esta vía es recomendable si el objetivo principal es finalizar la relación laboral.
- Ejercitar la acción de tutela de los derechos fundamentales: Si se desea mantener el empleo, esta es la vía más adecuada. La acción de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas es un procedimiento judicial especial, preferente y sumario, diseñado para ofrecer una protección urgente a estos derechos.
En esta guía, nos centraremos en el procedimiento de acción de tutela de los derechos fundamentales y libertades públicas.
C.- La Acción de Tutela de Derechos Fundamentales y Libertades Públicas:
1) Regulación, Finalidad, Legitimación y Jurisdicción:
La Ley 36/2011, de 10 de octubre, reguladora de la jurisdicción social (LRJS), en sus artículos 177 y siguientes, establece el procedimiento específico para la tutela de los derechos de libertad sindical, huelga y otros derechos fundamentales y libertades públicas en el ámbito laboral. Esta regulación también abarca la defensa contra la discriminación y el acoso laboral.
- Finalidad: El objetivo principal de este procedimiento es proporcionar una protección rápida y efectiva contra cualquier lesión de los derechos fundamentales y libertades públicas de los trabajadores. Con esta acción se busca:
- Obtener una declaración judicial que reconozca la existencia de la vulneración.
- Declarar la nulidad de la decisión o medida empresarial impugnada.
- Ordenar el cese inmediato de la conducta vulneradora o prohibir su continuación.
- Condenar a la empresa al pago de una indemnización por los daños morales sufridos por la persona trabajadora debido a la vulneración.
- Legitimación: Pueden interponer esta acción:
- Cualquier persona trabajadora que alegue la vulneración de sus derechos fundamentales o que tenga un interés legítimo en la defensa de los mismos.
- Los sindicatos, cuando consideren que se han vulnerado los derechos fundamentales de las personas trabajadoras.
- La acción puede dirigirse no solo contra el empresario, sino también contra terceros vinculados a él, siempre que la vulneración alegada esté directamente relacionada con la prestación de servicios en el puesto de trabajo.
- Jurisdicción: La jurisdicción social es competente, entre otros, para conocer de las acciones de tutela de los derechos de libertad sindical y huelga del personal laboral al servicio de la Administración Pública. Sin embargo, la protección de estos derechos para funcionarios públicos y personal estatutario corresponde a otra jurisdicción.
2) Derechos Fundamentales y Libertades Públicas Protegidos por este Procedimiento:
Entre otros, se incluyen los siguientes derechos fundamentales en el ámbito laboral:
- Derecho a la no discriminación.
- Derecho a la vida y a la integridad física y moral.
- Derecho a la libertad ideológica, religiosa y de culto.
- Derecho a la libertad y a la seguridad.
- Derecho al honor, a la intimidad personal, familiar y a la propia imagen.
- Derecho a la tutela judicial efectiva (Artículo 24 de la CE): Esto incluye la garantía de indemnidad, que protege a la persona trabajadora de cualquier represalia por ejercer acciones legales en defensa de sus derechos.
- Derecho de reunión y de asociación.
Estos son algunos de los derechos laborales fundamentales que con frecuencia pueden verse afectados en el entorno de trabajo.
3) Cómo Ejercitar la Acción de Tutela de Derechos Fundamentales:
Para iniciar este procedimiento legal, debes presentar una demanda ante el Juzgado de lo Social competente. No es necesario presentar una papeleta de conciliación previa.
- Plazo: La acción debe ejercitarse dentro del plazo de prescripción de 1 año desde que se produjo la vulneración, incluso si los derechos fundamentales son de carácter permanente e imprescriptible (artículo 59.1 del ET).
- Prueba: Es fundamental que el trabajador aporte indicios de la vulneración alegada en la demanda. Esto significa presentar pruebas que generen una sospecha razonable de que se ha producido la vulneración. En casos de acoso laboral donde se alega la vulneración de derechos fundamentales, es crucial haber activado el protocolo de acoso de la empresa.
- Defensa de la empresa: La empresa demandada deberá justificar objetivamente las medidas adoptadas o los hechos que se le imputan, con el fin de demostrar que no existió intención de atentar contra los derechos fundamentales y libertades públicas de la persona trabajadora.
- Intervención del Ministerio Fiscal: El Ministerio Fiscal siempre será parte en estos procedimientos, actuando en defensa de los derechos fundamentales y libertades públicas.
- Contenido de la Sentencia: La sentencia judicial declarará:
- Si existió o no vulneración de los derechos fundamentales y libertades públicas, especificando el derecho o libertad vulnerado (incluso si no fue alegado explícitamente por las partes).
- En caso de vulneración, declarará la nulidad de la actuación empresarial y ordenará el cese inmediato de la conducta lesiva, la prohibición de interrumpir una conducta o la obligación de realizarla.
- En su caso, establecerá la obligación de reponer al trabajador en la situación anterior a la vulneración y de reparar las consecuencias derivadas de la misma, incluyendo una posible indemnización por los daños morales causados.
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